Ecuador aprueba ley que regula comunicaciones privadas y el uso de agentes encubiertos


 Actualidad Jurídica

La Asamblea Nacional de Ecuador aprobó una ley que modifica el artículo 178 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), legalizando la grabación de comunicaciones privadas por parte de agentes encubiertos y estableciendo límites al uso de contenido digital con fines periodísticos. La norma ha sido señalada por expertos y defensores de derechos como una posible restricción indirecta a la libertad de prensa.

La reforma permite que miembros de la Policía Nacional, debidamente autorizados por un juez, graben comunicaciones en las que participen directamente, sin necesidad de notificar a las otras partes. Esta figura busca reforzar las capacidades investigativas del Estado en delitos complejos como el crimen organizado y la corrupción.

Uno de los puntos más controvertidos es la posibilidad de que estas grabaciones sean utilizadas como prueba en juicio, aun si se obtuvieron sin el conocimiento del interlocutor. La normativa excluye de esta facultad a ciudadanos comunes, manteniendo como delito la interceptación de comunicaciones sin orden judicial.

Organizaciones de prensa y expertos en derechos digitales advirtieron que la reforma puede generar un “efecto inhibitorio”, al limitar la confianza de las fuentes informativas y al permitir el uso restringido de comunicaciones obtenidas por periodistas en investigaciones sensibles. Si bien no se prohíbe expresamente el periodismo de investigación, la ambigüedad del texto abre espacio para interpretaciones restrictivas.

Desde el oficialismo se argumentó que la ley fortalece herramientas de combate al crimen organizado y que las restricciones buscan evitar abusos en la difusión de contenidos digitales que violen la intimidad de las personas. Añadieron que no afecta el trabajo periodístico cuando se respetan normas éticas y legales.

El debate también alcanzó a colectivos de derechos humanos, que cuestionaron que la medida se haya aprobado sin una consulta pública amplia, especialmente considerando su impacto en libertades fundamentales. Piden que la Corte Constitucional revise el texto y aclare sus alcances.

La ley ya fue publicada en el Registro Oficial y se encuentra en vigencia. La implementación dependerá del Poder Judicial, que deberá definir criterios sobre la validez de estas grabaciones y su eventual uso en procesos penales.

Fuente: CNN

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