Reformas
La Cámara de Diputados de México aprobó una reforma a la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro que modifica las condiciones para que los trabajadores puedan realizar retiros parciales de sus cuentas individuales por motivo de desempleo. La iniciativa, impulsada por el oficialismo, busca preservar los fondos de pensión y evitar que los retiros afecten la pensión futura de los trabajadores.
Hasta ahora, los trabajadores podían realizar retiros por desempleo una vez cada cinco años, restando semanas de cotización al monto acumulado. Con la nueva reforma, los recursos retirados deberán ser reintegrados de forma obligatoria en un plazo máximo de cuatro años, ya sea por el trabajador o por el patrón.
Uno de los puntos centrales es que si el trabajador no repone el monto retirado, no podrá acceder a una pensión mínima garantizada al momento de su jubilación. Esto ha generado críticas de algunos sectores que consideran que la medida penaliza a quienes enfrentan desempleo prolongado o informalidad estructural.
Por otro lado, defensores de la reforma afirman que se trata de una medida de responsabilidad financiera. Señalan que en los últimos años, el número de retiros por desempleo aumentó significativamente, reduciendo el capital disponible para el retiro y debilitando el objetivo de los fondos como mecanismos previsionales de largo plazo.
La reforma también establece que los recursos retirados se considerarán deuda provisional del trabajador y se aplicarán mecanismos automáticos de reintegro a través de descuentos patronales o reintegros voluntarios, supervisados por la CONSAR.
La oposición ha solicitado que se garantice una red de protección complementaria para trabajadores de sectores más vulnerables, así como transparencia en los mecanismos de cálculo del impacto que los retiros tienen sobre la pensión final.
La minuta será enviada al Senado para su discusión. En caso de ser ratificada, entrará en vigor en 2026 y marcará un cambio importante en la forma en que los trabajadores pueden disponer de sus ahorros previsionales durante periodos de desempleo.
Fuente: Proceso